Artículo 594
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Artículo 594. El certificado de ingresos y retenciones reemplaza la declaración para los asalariados no declarantes.
Para los asalariados no declarantes, el certificado de ingresos y retenciones, con el cumplimiento de los requisitos señalados en las normas legales, reemplaza para todos los efectos, la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios.
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