Artículo 22
De EstatutoTributario.com
Artículo 22. Entidades que no son contribuyentes.
No son contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, la Nación, los Departamentos y sus asociaciones, los Distritos, los Territorios Indígenas, los Municipios y las demás entidades territoriales, las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, las Areas Metropolitanas, las Asociaciones de Municipios, las Superintendencias, las Unidades Administrativas Especiales, las Asociaciones de Departamentos y las Federaciones de Municipios, los Resguardos y Cabildos Indígenas, los establecimientos públicos y los demás establecimientos oficiales descentralizados, siempre y cuando no se señalen en la ley como contribuyentes.
Tampoco será contribuyente la propiedad colectiva de las comunidades negras conforme a la ley 70 de 1993. (Modificado Ley 223/95, art. 64)
El fondo para la reconstrucción del Eje Cafetero FOREC, no es contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios y no está obligado a paresentar declaración de ingresos y patrimonio. (Adicionado por la ley 633 de 2000 art. 8)
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